jueves, 10 de julio de 2014

REQUISITOS PARA ACOGERSE AL PLAN DE INCLUSIÓN SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA


Esta nueva iniciativa de inclusión social del Gobierno andaluz se suma, hasta alcanzar los 158 millones de euros, a otras como el Ingreso Mínimo de Solidaridad, el programa de inserción sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión o las ayudas económicas familiares.

La consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, ha desglosado este conjunto de medidas enfocadas a la creación de empleo y al fomento de la solidaridad para que "nadie se quede atrás", en la línea del compromiso asumido por la presidenta de la Junta, Susana Díaz. Asimismo, ha precisado que se trata de "una legislación con letra del Estatuto de Autonomía", que aúna esfuerzos de todas las administraciones para favorecer "la plena inclusión de las familias en la sociedad".

La norma se aglutina en torno a tres planes: el de Inserción a través del Empleo, el Extraordinario de Solidaridad de Andalucía y el Extraordinario de Garantía Alimentaria. El Gobierno andaluz defiende que la principal medida de integración e inserción social es el empleo; que es necesario introducir medidas de solidaridad para atender las necesidades básicas de las personas, como los suministros básicos del hogar, y también asegurar una ingesta de alimentos a las personas con problemas de exclusión, especialmente personas mayores y menores.

El Plan de Inclusión a través del Empleo, que cuenta con un presupuesto de 42 millones de euros, recoge un Programa Extraordinario de Ayudas a la Contratación a través de los ayuntamientos. A esta iniciativa, que tiene previsto más de 25.000 contratos, con una duración de entre 15 días y tres meses, tendrán acceso además las personas sujetas a regímenes especiales de la Seguridad Social. Las ayudas se distribuirán entre los municipios de manera proporcional al número de personas en paro.

El Decreto Ley incluye como novedad la posibilidad que las personas perceptoras del Ingreso Mínimo de Solidaridad, conocido como salario social, se reincorporen al mercado laboral.
 A partir de ahora, estos podrán ser contratados, durante un máximo de seis meses a jornada completa, por empresas de economía social y de inserción, a las que la Junta concederá hasta 2.500 euros por trabajador.
 La medida está dotada con dos millones de euros. A este respecto, Sánchez Rubio ha abundado en la relevancia de esta nueva medida, porque "las personas no quieren ayudas, quieren un puesto de trabajo".
Por otra parte, el Plan Extraordinario de Solidaridad de Andalucía, con un presupuesto de 11 millones, incluye un Programa de Suministros Mínimos Vitales y Prestaciones de Urgencia Social, y la ampliación de las ayudas económicas familiares. Con respecto al primero, se trata de nuevas prestaciones a gestionar por los ayuntamientos y destinadas a familias más vulnerables para sufragar suministros básicos (agua y luz); el equipamiento esencial de vivienda, como muebles o reparaciones; necesidades urgentes de alimentación y vestido, o el pago del alquiler. Las entidades locales recibirán de la Junta entre 3.900 y 52.000 euros en función del número de desempleados del municipio. El programa está dotado con 6,5 millones.
Asimismo, el Decreto Ley de Inclusión aprobado amplía de 1,4 a 5,9 millones la dotación de las Ayudas Económicas Familiares. Estas prestaciones temporales, dinerarias o en especie, de carácter preventivo, se conceden a familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello. El objetivo es prevenir, reducir o suprimir los factores que generan situaciones de dificultad social en las familias andaluzas.
.
Las personas destinatarias del Programa extraordinario de Ayuda a la contratación de Andalucía son:
-las personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos.
- A tal efecto, se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y
en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente 
acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las 
personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, que residan en la misma vivienda.
Requisitos de las personas destinatarias.
Las personas destinatarias del Programa extraordinario de Ayuda a la contratación de Andalucía deberán 
estar empadronadas en el municipio donde presenten la solicitud y reunir los siguientes requisitos: 
a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con 
cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de 
empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud. 
b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con 
cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
1.º Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación 
financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen la unidad familiar hayan 
estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la 
comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas 
o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y las personas 
andaluzas retornadas. 
2.º Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad 
familiar sea:
- Inferior al Indicador Público de renta de efectos Múltiples (IPreM), para unidades familiares de 
una sola persona.
- Inferior a 1,3 veces el IPreM para unidades familiares de dos personas.
- Inferior a 1,5 veces el IPreM para unidades familiares de tres personas.
- Inferior a 1,7 veces el IPreM para unidades familiares de cuatro o más personas.
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar 
haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios comunitarios.
El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados.

PARA MÁS INFORMACIÓN EN LOS AYUNTAMIENTOS DE CADA MUNICIPIO.

No hay comentarios:

Publicar un comentario