viernes, 17 de enero de 2014

REQUISITOS PARA BONIFICACIONES EN RECIBOS DE AGUA Y BASURA

Desde nuestro blog, os dejamos la siguiente información por ser de gran interés para aquellas personas que en la actualidad tienen dificultades para poder llevar a cabo el pago de sus facturas.

Noticias como esta debieran de ser difundidas por todos los medios de información de los que disponemos, para que ninguna persona que pueda ser beneficiaria de estas bonificaciones se quede sin solicitarlas por falta de conocimiento.


REDUCCIONES EN LA TASA GIR  ( Basura )

La Ordenanza Fiscal de residuos domésticos y municipales en su art. 6.4 apartado 3 "Reducciones" contempla una reducción del 50% en la cuota de vivienda (no de actividades económicas) para aquellos sujetos pasivos que tengan la condición de jubilado o pensionista o perceptores del ingreso mínimo de solidaridad, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género y unidades familiares donde al menos dos de sus miembros en edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo, y cuyos ingresos anuales totales (beneficiario y cónyuge/pareja de hecho) no superen 1,5 veces el indicador de Rentas públicas con Efectos múltiples (IPREM 2014) y se trate de su vivienda habitual.



El Plazo de Presentación de la documentación será desde el 1 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2014 y tendrá efectos a partir del ejercicio de 2015. Una vez estimado el derecho a la reducción se prorrogará automáticamente durante un plazo de vigencia de tres años que habrá de renovar expresamente, si lo desea, el interesado en el mismo ejercicio 2017 con efectos para el 2018, si continúa cumpliendo con los requisitos establecidos legalmente.

La documentación a presentar por los solicitantes según la situación de cada uno, sería la siguiente:

1). A aportar por todos los contribuyentes:
o Certificación de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de cada titular, o en su caso, Certificación negativa (para supuestos en los que se carece de titularidad).

Las certificaciones catastrales pueden ser solicitadas en las Gerencias y Subgerencias del catastro, en los puntos de información catastral y en la sede electrónica del catastro (OBLIGATORIO).

o Fotocopia del NIF del sujeto pasivo y del cónyuge (o pareja de hecho).

o Certificado de empadronamiento colectivo familiar.

o Fotocopia del Libro de Familia, para acreditar el estado civil (casado, separado, divorciado) y copia del certificado de defunción (para supuestos de fallecimiento de alguno de los cónyuges o pareja de hecho).

o Certificado de la Seguridad Social o cualquier otro documento de ambos cónyuges o pareja de hecho, de 2014, donde se acredite la condición de jubilado o pensionista, así como documento justificativo de acreditación en calidad de ser perceptor del Salario Social de Solidaridad, según el caso. En los restantes supuestos, se ha de aportar la acreditación de los ingresos brutos mensuales previstos para el ejercicio 2014.

o Fotocopia del recibo de la contribución 2013 (IBI).

o Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio presentado (2012).

o Fotocopia del pago del recibo de la Tasa de Residuos domésticos 2013.

2). A aportar por los beneficiarios según su condición:
o Título de Familia Numerosa (Beneficiarios Familias Numerosas).

o Tarjeta de desempleo vigente de los miembros en edad de trabajar en dicha situación (al menos dos de sus miembros en edad de trabajar que se encuentren en situación de desempleo).

o Para las víctimas de violencia de género, se exigirá el correspondiente Certificado de los Servicios Sociales acreditando dicha situación (Víctimas Violencia de Género).

3). La anterior documentación (puntos 1 y 2) podrá ser sustituída por un único Certificado de los Servicios Sociales, en el que se justifique que concurren todos los requisitos precisos para adquirir la condición de beneficiarios de las reducciones, en los términos expresados en la Ordenanza, que deberá acompañarse obligatoriamente de una Certificación de todos los bienes inmuebles o rústicos de cada titular, o en su caso, Certificación negativa.
Junto a la documentación solicitada se deberá presentar la siguiente solicitud icon Reducciones en la tasa Girsu 2015/2017

La Documentación solicitada podrá ser entregada en las siguientes entidades:

-Ayuntamiento de su localidad (Todos los de la provincia con excepción de Cabra, Los Blázquez, Fuente  Obejuna, Montalbán, Montilla, Palma del Río, Puente Genil, Rute, Santa Eufemia, Torrecampo y Villaharta)
-Oficinas centrales de EPREMASA en Av. Del Mediterráneo, s/n- 14011 Córdoba.
-Cualquier oficina del I.C. Hacienda Local en la provincia.

Una vez que se analice la documentación aportada, si se observa la falta de presentación o error de algún dato, se le requerirá al interesado para que lo aporte ó subsane concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que proceda a ello.

Finalizado el plazo previsto de presentación de solicitudes (a partir del 31 de marzo) se procederá a lo largo del ejercicio, a emitir la Resolución de Estimación o Desestimación al respecto. Esta información se remitirá por correo postal al domicilio del/la solicitante.

Para realizar cualquier consulta puede realizarla en nuestra línea gratuita de Atención al Contribuyente 900 31 41 55  o a través de correo electrónico recaudacion@epremasa.es y jrecaudacion@epremasa.es


REDUCCIONES EN TASA POR LA PRESTACIÓN DEL 
SERVICIO SUPRAMUNICIPAL DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL HIDRÁULICO
(Agua)


El pasado 31 de diciembre se publicaba en el Boletín Oficial de la Provincia Ordenanza fiscal provincial reguladora de las tasas por la prestación de los servicios supramunicipales relacionados con la gestión del ciclo integral hidráulico en la provicia de Córdoba.

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Solicitud reducción


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