El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de
Andalucía se aprueba con el objeto de favorecer la inclusión social y paliar
las situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral
para personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y se realiza a través de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y
se articula mediante la asignación de una cuantía económica a los mismos
destinada a la contratación de personas que se encuentren en situación de
demandante de empleo y que durante el año anterior a la solicitud no hayan
trabajado más de 90 días y pertenezcan a una unidad familiar en situación de
exclusión social o en riesgo de estarlo.
Para el año 2014 la dotación financiera de
este Programa es cuarenta millones de euros.
Se materializa mediante ayudas a los municipios de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para la contratación laboral de aquellas personas que, cumpliendo
los requisitos exigidos , hayan sido previamente
seleccionados para un contrato por una duración determinada entre 15 días y
tres meses.
Requisitos de las
personas destinatarias.
Estar empadronadas en el municipio donde presenten la
solicitud y reunir los siguientes requisitos:
Que en el momento de
la presentación de la solicitud se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en
el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el
año anterior a la solicitud.
Que en el momento de
la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las
siguientes circunstancias:
1.º Que al menos un año antes de la presentación de la
solicitud,todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas
como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o
acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de genero y
las personas andaluzas retornadas.
2.º Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto
de las personas que forman la unidad familiar sea:
- Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona.
- Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de
dos personas.
- Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de
tres personas.
- Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de
cuatro o más personas.
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier
naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los
seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse
a la contratación financiada con cargo a este Programa.
3º Que la persona solicitante forme parte de una unidad
familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada
mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales
Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante
cumple los requisitos señalados.
Prioridades en la adjudicación de los contratos financiados
con cargo al Programa
Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía.
Tendrán prioridad para la adjudicación
aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de
prelación alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad
familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral
de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.
b) Que la persona solicitante o alguno de las que componen
la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la
persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona
procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia
contra la Mujer.
c) Que alguno de las personas que componen la unidad familiar
tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre
en situación de dependencia.
d) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad
familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.
e) Que entre los miembros de la unidad familiar de la
persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.
f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad
familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la
legislación vigente.
g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad
familiar con, al menos, dos menores a cargo.
h) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con
Necesidades de Transformación Social.
i) Que la persona solicitante sea mujer.
j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta
añosPara más información podéis consultar en el siguiente enlace , páginas desde 59 a 63.
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