jueves, 25 de septiembre de 2014

PLAN PROVINCIAL DE COOPERACIÓN ECÓNOMICA PARA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES

Ayer 24 de septiembre se publicaba en B.O.P  "La Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio del año en curso, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos según costa en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren.
Importe total de la cantidad asignada a los Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas por el Plan Provincial Especial de Cooperación Económica 2014.

El importe concedido  a nuestro pueblo ha sido  de  51.827,60 €.   

El Plan provincial de cooperación económica para la realización de obras y servicios municipales, (en adelante, Plan de Cooperación Económica), tiene como finalidad el apoyo económico a los municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba en la ejecución directa de obras y servicios de competencia municipal dentro de determinados  ámbitos de actuación.
Las dotaciones correspondientes a la asignación inicial establecida en el anexo económico de este Plan, serán destinadas en su totalidad, a financiar exclusivamente los costes laborales de contratación por parte de las entidades locales beneficiarias.
Las Entidades Locales beneficiarias destinarán en principio como mínimo un 10,25% a proyectos de obras y servicios municipales que cuenten con la contratación laboral de mujeres del Régimen Especial Agrario, que no tengan posibilidad de acceder al subsidio o renta agraria por no disponer del número mínimo de peonadas exigidas para ello y que además se encuentren en situación de riesgo de pobreza o exclusión social, acreditada mediante informe de lo servicios sociales correspondientes. A tal efecto, según establece la normativa europea (EUROSTAT), se considera personas en riesgo de pobreza o exclusión social a la población que se encuentra en alguna de las tres situaciones que se definen a continuación:
- Personas que viven con bajos ingresos (60% de la mediana del ingreso equivalente o por unidad de consumo).
- Personas que sufren privación material severa (en al menos 4 de los 9 ítems definidos:
1) no tener retrasos en el pago del alquiler, hipoteca, recibos relacionados con la vivienda o compras a plazos.
2) mantener la vivienda con una temperatura adecuada durante los meses fríos.
3) hacer frente a gastos imprevistos.
4) una comida de carne, pollo o pescado cada dos días.
5) ir de vacaciones fuera de casa, al menos una semana al año.
6) un coche.
7) una lavadora.
8) una televisión a color.
9) un teléfono.
- Personas de 0 a 59 años que viven en hogares en los que los adultos han trabajado menos del 20% de su potencial total de trabajo en el año anterior.

Para ampliar más información pincha aquí. 

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