lunes, 3 de febrero de 2014

EMPLEO DE CUIDADOR CONCURSO OPOSICIÓN

Convocatoria de Pruebas Selectivas para la elaboración de Relaciones de Candidatos para la cobertura de necesidades transitorias de Personal Temporal en la categoría de Cuidador al servicio de la Diputación Provincial de Córdoba
La Diputación Provincial de Córdoba, procede a la Convocatoria de pruebas selectivas para elaboración de relaciones de candidatos para la cobertura de necesidades transitorias de personal temporal en la categoría de Cuidador, conforme a las siguientes Bases:
Base 1. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria, de conformidad con el artículo 18 del vigente Acuerdo de Funcionarios así como los artículos 26, 27 y 33 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Contratación de Personal Temporal de la Diputación de Córdoba que figura como Anexo III del Convenio Colectivo vigente (ambos publicados en el BOP de fecha 4 de agosto de 2008), la selección de candidatos que conformarán Listas de Espera en las categoría de Cuidador con destino a sus Centros de Discapacitados Psíquicos sitos en Alcolea (Córdoba) para el nombramiento de funcionarios interinos o contratación laboral temporal de conformidad con lo previsto, respectivamente, en lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Estatuto Empleado Público, así como en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Resuelta definitivamente esta Convocatoria quedarán sin efecto las Bolsas de Trabajo de dicha categoría actualmente vigentes.
Las funciones a desempeñar son, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes:
" Distribución y, si el estado del usuario lo precisa, administración de las comidas.
" Control y vigilancia del aseo y necesidades fisiológicas de los discapacitados y ayuda en su ejecución en los pacientes que lo precisen.
" Mantenimiento de enseres personales y materiales utilizados por los usuarios, ordenar efectos personales, etc., de aquéllos cuyo estado imposibilite estas tareas, así como la colocación de la ropa en vestuarios y roperos existentes en forma debidamente ordenada.
" Trasladar y recoger a aquellos discapacitados que por cualquier circunstancia se encuentren fuera del recinto del Centro, función para la que contarán con los medios mecánicos o de transporte dispuestos por la Corporación.
" Salida fuera del Centro con los discapacitados.
" Ayudar a los A.T.S., en caso de necesidad, en la aplicación de la medicación parenteral y/o enteral.
" Auxiliar al personal sanitario titulado y realizar las funciones más pesadas o mecánicas, como transporte de internos dentro del Centro o análogos que requieran esfuerzo físico.
" Cumplir y hacer cumplir las normas e instrucciones relacionadas con la entrada y permanencia de personal y usuarios en su Unidad o Sector de trabajo, así como velar por el debido cumplimiento de las normas básicas de funcionamiento interno del Centro.
" Comunicar verbalmente o por escrito al personal sanitario titulado de categoría funcional o jerárquica superior la evolución de la conducta de los usuarios, así como cualquier anomalía detectada en las unidades, del carácter que sea sintomático, de mantenimiento, evitando riñas, fugas, etc.
" Participar y coadyuvar con dichos superiores en la ejecución de Programas de Rehabilitación, realización de consultas médicas cualesquiera otras que precisen y supongan ayudas al usuario, tanto en materia asistencial como de movilización, traslado, etc., así como en sus actividades sociales.
" Además, tiene a su cargo la seguridad y vigilancia de los residentes.
Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.
Base 2. Requisitos de los aspirantes
Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecen las disposiciones legales vigentes:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, las personas seleccionadas deberán someterse al correspondiente reconocimiento médico de la Unidad de Promoción de la Salud y Prevención de Riesgos Laborales de esta Corporación antes de proceder a su nombramiento o contratación.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la Titulación Académica de Técnico/a de Formación Profesional de Grado Medio en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente y, además, de Acreditación de la Formación en Manipulación de Alimentos.
Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse mientras continúe el nombramiento como funcionario interino o se encuentre vigente el correspondiente contrato laboral temporal.
Base 3. Solicitudes
Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes a la Ilma. señora Presidenta, acompañada de fotocopia simple de los documentos acreditativos de reunir los requisitos para tomar parte en la Convocatoria así como de los justificativos de los méritos alegados a que se refiere la Base 9, y presentarla en la Oficina de Registro y Atención Ciudadana de esta Diputación Provincial sita en Plaza de Colón 15 de Córdoba en horario de lunes a viernes de 09,00 a 13,30 horas y sábados de 10,00 a 13,30 horas, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
Igualmente y en el mismo plazo podrán presentarse a través del Registro Electrónico mediante acceso al mismo a través de la sede electrónica www.dipucordoba.es. En tal caso será necesario estar en posesión del correspondiente certificado digital.
Base 4. Resolución provisional de admisión de los aspirantes
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Delegación de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y de excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba, accesible a través de la dirección: www.dipucordoba.es. Igualmente figurará en la misma la determinación concreta de los miembros de la Comisión de Selección.
Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambas listas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Tablón de Edictos Electrónico para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en la forma prevista en la Base 3.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.
Base 5. Resolución definitiva de admitidos y excluidos
Transcurrido el plazo previsto en la Base anterior se dictará Resolución que apruebe la lista definitiva, y que se hará pública, asimismo, en la forma indicada.
Base 6. Comisión de Selección
Se establecerá una Comisión de Selección con la siguiente composición:
" Presidencia: Un empleado público de la Corporación.
" Secretaría: El de la Corporación o funcionario público en quien delegue.
" Tres vocales.

2 comentarios:

  1. tendría alguien el examen del dia 3 de mayo 2014 de cuidador de diputación no puedo comprobar con la planilla las respuestas porque el dia del examen no nos dieron ni el examen ni copia del examen

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  2. http://e-admin.eprinsa.es/diputacion/AccesoDocumentos/Obtener?pHash=AD2898670994D414F43D7C27511C44FDDFDD00D5

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