El Gobierno andaluz ha aprobado recientemente el Decreto-ley 8/2013 de 28 de mayo, de Medidas de Creación de Empleo y Formento del Emprendimiento en Andalucía. Este decreto se divide principalmente en 4 programas: el Bono de Empleo Joven, el apoyo y fomento al Trabajo Autónomo; el fomento de la Economía Social, y las becas de formación en comercio internacional.
BONO DE EMPLEO JOVEN
Se trata de una medida de carácter económico destinada a favorecer la contratación de una persona joven, con edad comprendida entre los 18 y 35 años, ambos inclusive, que esté en posesión de un título universitario o de formación profesional, de grado medio o superior, o que haya obtenido el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, a través del Programa de Segunda Oportunidad Educativa y que acceda a un contrato de trabajo con las condiciones del Bono. Además, la persona solicitante no podrá estar en alta en la Seguridad Social y debe haber obtenido la titulación en los tres años anteriores a la solicitud del Bono.
La persona candidata al Bono de Empleo Joven debe presentar la solicitud dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo. Una vez que se le reconozca la titularidad del Bono y en el momento que formalice un contrato laboral, a jornada completa y por un periodo mínimo de 12 meses, el Bono se hará efectivo a la empresa o entidad empleadora. Si durante dicho período se resolviera el contrato por causas no imputables al titular del Bono, éste dispondrá de otros tres meses para formalizar un nuevo contrato, que deberá tener una duración mínima equivalente al tiempo que le reste para alcanzar el máximo establecido de 12 meses.
Fechas a tener en cuenta en la tramitación del Bono de Empleo Joven
1 de junio | 30 de junio | 30 de septiembre | 20 de noviembre |
Se abre el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven | Se cierra el plazo para solicitar el Bono de Empleo Joven | Finaliza el plazo para resolver las solicitudes | Fecha límite para formalizar los contratos |
PROGRAMA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL
Este programa regulado en el Título IV del Decreto-ley de medidas de creación de empleo y fomento del emprendimiento establece tres líneas de subvenciones con objeto de fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales, así como apoyar el desarrollo de proyectos que contribuyan a lograr una economía social innovadora, competitiva y emprendedora en el marco del tejido productivo andaluz y en el de sus propios valores y principios económicos y sociales.
El programa ofrece tres líneas:
1) Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales
- Medida 1.1. Apoyo a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales.
- Medida 1.2. Contratación de gerentes y personal técnico especializado.
2) Fomento del emprendimiento social
3) Intercooperación empresarial en la economía social
Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas en las líneas 1 y 3, las sociedades cooperativas y las sociedades laborales. Además, las federaciones, confederaciones, y fundaciones de sector de la economía social, así como las organizaciones sindicales que lo apoyen, podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas en la línea 2.
Fechas a tener en cuenta en la tramitación del Programa de Apoyo a la Economía Social
1 de julio | 1 de septiembre |
Se cierra el plazo para solicitar la línea 2 | Se cierra el plazo para solicitar la línea 1 y 3 |
PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO
Este programa incluido en el Decreto-ley de medidas de creación de empleo y fomento del emprendimiento establece seis líneas de ayudas para favorecer la creación y consolidación de empresas y empleo autónomo, impulsar el desarrollo de proyectos innovadores y promocionar el sector.
Objetivos: las medidas están dirigidas, en general, a trabajadores autónomos que tienen residencia y domicilio fiscal en Andalucía, considerándose como tales tanto las personas físicas que ejercen una actividad económica de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, como las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de carácter intersectorial inscritas en el registro correspondiente de esta Comunidad.
Fechas a tener en cuenta en la tramitación del Programa de apoyo y fomento del trabajo autónomo
1 de julio |
Se cierra el plazo de solicitudes |
Las personas interesadas en obtener más información de estas ayudas o que necesiten asesoramiento y apoyo en su tramitación, podrán dirigirse a cualquiera de los 214 Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADES) existentes en la Comunidad, cuyo personal técnico, especializado en creación y desarrollo empresarial, les ayudarán en la cumplimentación, el registro, la tramitación y la validación de las solicitudes, así como en la elaboración de los planes de viabilidad, cuando éstos sean requeridos para poder acceder a los incentivos.
PROGRAMA DE BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN PARA TECNICOS SUPERIORES DE FORMACIÓN PROFESIONAL.
Requisitos:
a) Ser jóvenes menores de treinta y cinco años, inclusive.
b) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
c) Tener la vecindad administrativa en alguno de los municipios de Andalucía.
d) Estar en posesión en el momento de la solicitud de alguna de las siguientes titulaciones de Técnico Superior de Formación Profesional, obtenidas dentro de los cinco años anteriores a la solicitud:
- Técnico Superior de Comercio Internacional.
- Técnico Superior de Marketing y Publicidad.
- Técnico Superior de Transporte y Logística.
- Técnico Superior de Administración y Finanzas.
Plazo de presentación: 01/06/2013 a 01/07/2013
Si te interesa el programa puedes acceder a toda la información aquí.
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