jueves, 24 de noviembre de 2011

PARLAMENTO APRUEBA MEDIDAS DE CALIDAD DEMOCRÁTICA

El Parlamento de Andalucía ha aprobado las leyes relativas a la modificación de la Ley de Iniciativa Popular y de los Ayuntamientos; de la Ley Electoral de Andalucía; del Estatuto de los Expresidentes de la Junta de Andalucía, y de las Incompatibilidades de Altos Cargos y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses. Todas estas normas tienen su origen en un acuerdo ofrecido a todos los grupos parlamentarios por el presidente de la Junta, José Antonio Griñán, en el último Debate sobre el Estado de la Comunidad, con el objetivo de recuperar la confianza ciudadana y prestigiar la política.
Para ello, los grupos con representación en la Cámara concretaron una serie de propuestas de modificaciones legislativas que perseguían avanzar en la transparencia y la calidad democrática y mejorar la participación ciudadana en las tareas legislativas.
La primera de las normas aprobada consiste en la modificación de la Ley 5/1998, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, con el fin de mejorar la participación ciudadana en el Parlamento. La ley establece una rebaja de 75.000 a 40.000 el número de firmas necesarias para la tramitación de una iniciativa legislativa popular y de 35 a 25 la cifra mínima de ayuntamientos si surge del ámbito municipal. Asimismo, amplía de cuatro a seis meses el plazo de recogida de firmas desde que la Junta Electoral de Andalucía notifica la admisión de las iniciativas hasta su presentación en la Cámara autonómica, además de modificar el procedimiento para admitir sistemas de tramitación electrónica.
Junto con la reforma de la Ley 5/1998, la norma aprobada por el Parlamento también estima conveniente un futuro cambio en el Reglamento del Parlamento de Andalucía para hacer posible la personación de los promotores de iniciativas legislativas populares en la Cámara. Esta medida permitirá la presentación de las propuestas en el Pleno a través del 'Escaño 110' y el seguimiento de los correspondientes debates en iguales condiciones que los diputados, así como la participación en las comisiones parlamentarias.
Incompatibilidades
Asimismo, el Parlamento ha dado luz verde a la norma que modifica las leyes 1/1986, Electoral de Andalucía; 3/2005, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses, y 2/2005, del Estatuto de los Expresidentes de la Junta de Andalucía.
Respecto a la Ley Electoral, la reforma tiene como principal objetivo incluir a los alcaldes y presidentes de diputaciones provinciales en el régimen de incompatibilidad con el cargo de parlamentario autonómico andaluz.
En la misma línea, también se propone que los parlamentarios no perciban retribuciones y asignaciones, públicas o privadas, al margen de las propias del cargo. Los familiares directos, por su parte, estarán obligados a formular declaración de sus ingresos y relaciones en materia de contratación con todas las administraciones.
Una reforma similar se plantea en la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Junta, con el fin de obligarles a incluir, en la declaración de actividades e intereses, tanto sus retribuciones como las relaciones de sus familiares directos en materia de contratación con las administraciones.
Respecto a la norma que regula el Estatuto de los Expresidentes de la Junta, la Ley plantea la eliminación de la asignación mensual actualmente prevista a partir de la finalización de la actividad laboral a los 65 años.

No hay comentarios:

Publicar un comentario